martes, 24 de abril de 2012

Presupuestos y Autonomía Universitaria



Conversatorio realizado el 24 de abril de 2012
Vealo en Onda UNED

Señor Luis Guillermo Carpio, Rector de esta distinguida institución;
Señor José Andrés Masís, director de la Oficina de Planificación de la Educación Superior- OPES- de CONARE;
Señora Lizette Brenes, Vicerrectora de Investigación en la UNED;
Señores y señoras:


Solo mediante la libertad de enseñanza es posible asegurar el desarrollo de las iniciativas en materia de educación que responden a agendas alternativas o complementarias a las estatales.  Por eso, los académicos de las instituciones privadas valoramos nuestra libertad para definir qué y cómo queremos enseñar.  También defendemos nuestro derecho a poder opinar sobre asuntos de interés público, emprender acciones sociales, investigar y organizar, administrativa y financieramente, el quehacer universitario como mejor convenga- sin temor a perder nuestro carácter crítico y transformador, ya que las libertades de enseñanza y de expresión en las instituciones privadas están protegidas por la Constitución Política, en sus artículos 28 y 79.

Al igual que las universidades públicas, las privadas también tenemos derecho a determinar cómo podemos incidir sobre el contexto social, científico, cultural y económico de nuestro entorno, y ejecutar nuestros planes, programas y presupuestos como mejor consideremos, pudiendo así satisfacer objetivos públicamente deseables con creatividad y flexibilidad.  En efecto, la Constitución Política garantiza nuestro derecho a emprender cualquier acción, siempre y cuando no dañemos la moral o el orden público, y que no perjudiquemos a terceros.   Así sabiamente se dispuso porque solo con libertad de escogencia y de acción, se puede emprender el trabajo que se espera de nosotros.

Valoramos nuestra libertad y la añoramos cada vez que sufrimos las arbitrariedades y los atropellos por parte de los administradores públicos de turno. Pero bueno, este podría ser el tema de otro conversatorio.

Las universidades privadas somos libres, y las universidades públicas son autónomas.  Sus libertades las protege la Constitución Política que, en su artículo 84, les otorga la independencia para el desempeño de sus funciones, capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, y la capacidad para darse su propia organización y gobierno.

Los poderes del Estado deben proteger la libertad en las universidades, derecho irrevocable en ambos sectores, para que estas puedan cumplir con sus misiones institucionales, y no obligarlas a reaccionar ante las prioridades cortoplacistas de las agendas electorales ni a las injerencias injustificadas de los administradores públicos.

A mayor libertad, mayor responsabilidad.  A cambio de la confianza otorgada por la sociedad, en todas las universidades tenemos la obligación de asegurar la calidad de los procesos educativos, garantizar la costo-efectividad en la gestión de los recursos, y ante todo, rendir cuentas públicamente sobre nuestros resultados.

Qué significa rendir cuentas?  No significa enviar los presupuestos a la Contraloría. Significa, por ejemplo, que cualquier ciudadano o investigador debería poder recurrir a una sola página Web para consultar la última fecha de actualización de todos los planes de estudios impartidos en el país, los contenidos de los programas, el número de matriculados, las tasas y tiempos de graduación, la composición sociodemográfica y académica de la población estudiantil, las tasas de deserción, los perfiles y tiempos de dedicación del personal docente, el porcentaje de becas otorgadas, y el costo total de educar a cada estudiante, entre otros indicadores de productividad académica.  Para visualizar la propuesta, pueden navegar hacia la página de IPEDS en Estados Unidos. IPEDS, una gigantesca base de datos, recoge y sistematiza cientos de variables de instituciones públicas y privadas de educación post-secundaria y el acceso es público y gratuito. 

A cambio de nuestras libertades, las universidades también tenemos la responsabilidad de generar eficiencias en el sistema educativo, como por ejemplo, facilitando los procesos de articulación entre niveles educativos e instituciones; eliminando subsidios en programas educativos poco productivos; rediseñando el currículum universitario; ampliando los cupos universitarios en carreras de importancia estratégica para el país; incorporando tecnologías para reducir los costos y mejorar los procesos de aprendizaje; revisando las políticas y procedimientos académicos para facilitar los procesos de graduación; ofreciendo mayores oportunidades para que los alumnos presenten suficiencias por el aprendizaje obtenido a través de procesos educativos previos y la experiencia; compartiendo el uso de recursos entre instituciones; y abriendo periodos lectivos a lo largo del todo el año, y no solo en dos semestres.  Este es el precio que debemos pagar para disfrutar de la libertad de enseñanza.  

Con respecto a la autonomía económica, las instituciones públicas cuentan con un derecho otorgado por la Constitución Política:  el mismo artículo 84 indica que “el Estado las dotará de patrimonio propio y colaborará en su financiación".  Este enunciado resulta ambiguo en muchos sentidos, por lo que se ha prestado para múltiples interpretaciones: ¿Está realmente el Estado obligado a dotar a las instituciones públicas con rentas suficientes para su funcionamiento o solamente contribuir con su financiación? ¿Qué pasa si el Estado no está en condiciones de dotarlas con rentas suficientes? ¿Cuáles rentas son verdaderamente suficientes? ¿A cuáles universidades se debe dotar de recursos y en qué cantidad? A cuáles criterios debería obedecer la distribución de los recursos entre universidades? ¿Cuál es la responsabilidad de cada institución de auto-financiar sus propios servicios? ¿Cuáles son los mecanismos más apropiados para fiscalizar las rentas privadas que ingresan a las universidades públicas? ¿Qué resultados concretos podría razonablemente esperar la sociedad a cambio de los recursos públicos invertidos?

En Costa Rica, solo diez de cada cien costarricenses tiene grado universitario, y solo uno de cada cien se gradúa en disciplinas estratégicas para la competitividad económica, en carreras ingenieriles, científicas, tecnológicas y matemáticas.  Los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), en cambio, reflejan una tasa promedio del 27.42%, tres veces más alta que la de Costa Rica. Además, la tasa de participación en educación superior de Costa Rica es la mitad de la tasa promedio de los países más desarrollados, lo que limita nuestra capacidad para competir globalmente en la economía del conocimiento.  Difícilmente el país sea capaz de financiar la educación terciaria de todos los costarricenses, por lo que debe tomar decisiones sobre cómo invertir mejor sus recursos.  Tomemos en cuenta que, en los últimos cuarenta años, la población estudiantil universitaria  creció de 12 mil estudiantes a 160 mil. 

En estos tiempos de déficit fiscal, deberíamos preguntarnos ¿Por qué algunos costarricenses tienen el derecho de asistir a la universidad de forma gratuita y otros no?  Podríamos plantearnos la posibilidad de que el Estado otorgase los recursos, no a las instituciones públicas directamente, sino a través de los alumnos con mayores necesidades financieras, para que así existiese una sana competencia académica entre instituciones con programas acreditados por reclutar estudiantes becados.

Podríamos preguntarnos, además, si los egresados de las universidades públicas deberían devolver los fondos públicos que fueron invertidos en ellos, por haber recibido un beneficio individual y haber aumentado su capital intelectual y capacidad adquisitiva a futuro. 

Y ¿por qué no valoramos la posibilidad de ajustar los subsidios que se vienen otorgando a los estudiantes, según la capacidad económica de sus familias?

Algunos se preocupan por que el cobrar a los alumnos de familias de altos ingresos económicos pudiera ser considerado discriminatorio y que desestimularía el ingreso de los estudiantes con excelente rendimiento académico a las instituciones públicas. En mi criterio es discriminatorio dar un trato preferencial, en la forma de un subsidio, a un segmento de la población estudiantil que viene pagando mucho más por su educación en la secundaria privada, cuando se está dejando por fuera a miles de graduados del sistema secundario público, graduados, que dicho sea de paso, formó el mismo Estado.  Por otra parte, la preocupación de desestimular el ingreso de los alumnos con capacidad de pago y con excelente rendimiento académico también es improcedente.  Las mejores universidades siempre reclutan a los mejores estudiantes aunque cobren por su servicio, máxime cuando estos cuentan con las condiciones socioeconómicas para pagar.  Lo que pagarían los alumnos más adinerados se podría utilizar para ofrecer más cupos a los alumnos de escasos recursos.

Concuerdo con que el Estado debe proteger la estabilidad en los ingresos que destina a la educación superior, pero no sin que el financiamiento esté vinculado a indicadores de productividad.  La autonomía económica no es un valor que la sociedad costarricense pueda ni deba apoyar incondicionalmente, quinquenio tras quinquenio, sin que el Estado haya llegado a un consenso con las universidades con respecto a las responsabilidades y derechos de cada quien y los tipos de rendición de cuentas que pueden satisfacer las necesidades institucionales y garantizar el bien público. 

Como verán, el Estado juega un papel preponderante en fortalecer la educación superior porque es a quien corresponde iniciar un diálogo democrático con respecto a las metas estratégicas que se deberían fijar sobre la inversión que realiza en las universidades, construir una agenda de país con altos indicadores de desempeño, evaluar continuamente los resultados y establecer los mecanismos e incentivos adecuados para garantizar la calidad de los procesos educativos y el acceso a la educación superior.  Al final, deberían llegar a un consenso con respecto a lo que definen como el “bien común”.  Además, el Estado debe, de una vez por todas, cumplir con su responsabilidad estipulada por la Constitución Política en el artículo 80,  que define cómo piensa estimular la iniciativa privada en materia educacional.  Esta se incentiva porque viene a contribuir con los fines públicos, sin que le cueste un colón adicional al Estado.  Si asumiera su papel con liderazgo y asertividad, Costa Rica podría convertirse en un centro internacional de educación superior, atrayendo a estudiantes de todas partes del mundo, dispuestos a pagar lo que realmente valen nuestros servicios educativos, contribuyendo así con el desarrollo económico, cultural y social que tanto aspiramos tener. 

Agradezco profundamente a la UNED haber sido invitada a este foro en el marco de la celebración de la autonomía universitaria y la atención que me han brindado. Qué tengan buenos días.

2 comentarios:

  1. Excelente aporte y reflexión. Especialmente en lo referente a la rendición de cuentas en la educación superior pública y privada, El III Estado de la Educación señala este como uno de los puntos más débiles.
    Muy adecuada la reflexión sobre el subsidio económico en la universidades públicas a los estudiantes de solvente condición económica.
    Atinada la reflexión sobre el financiamiento de las universidades públicas por parte del Estado y lo que ello sigfnifica en una época de recesión.
    Fernando Elizondo Solís

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